SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) dispuso este viernes la suspensión provisional de la VII Convención Ordinaria del Partido Humanista Dominicano (PHD), convocada para este domingo 20 de septiembre, hasta que sea decidido el recurso de impugnación contenido en el expediente TSE-01-0032-2026.
La medida cautelar también alcanza los actos relacionados con la ejecución y materialización de la asamblea, en la que estaban previstas las elecciones de las nuevas autoridades internas del partido, según detalla un comunicado.
Los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán adoptaron la decisión al considerar acreditados los presupuestos establecidos para la aplicación de una medida cautelar, según la decisión del tribunal.
El TSE indicó que se verificó la verosimilitud del derecho invocado, la existencia de un perjuicio o daño inminente de difícil o imposible reparación y la coincidencia entre el objeto de la medida cautelar y la acción de fondo.
El tribunal también rechazó la solicitud de imponer una astreinte contra el PHD, Ramón Emilio Goris Taveras y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria del partido.
Asimismo, rechazó una excepción de nulidad planteada por la parte demandada, relacionada con el domicilio de las partes y el alegado incumplimiento del artículo 27 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, al considerar que no se demostró un perjuicio concreto derivado de esas irregularidades.
La alta corte también desestimó el medio de inadmisión sustentado en la alegada falta de calidad de los demandantes. Según la decisión, estos figuran en el padrón de electores del PHD, de acuerdo con una comunicación del 21 de julio de 2026 emitida por la Dirección de Partidos Políticos de la Junta Central Electoral (JCE).
El tribunal señaló, además, que los demandantes forman parte del recurso de impugnación que dio origen al proceso.
De igual manera, rechazó la solicitud de excluir 38 poderes de representación o formularios presentada por la parte demandada, al considerar que la representación de los demandantes se presume.
La medida cautelar fue solicitada por Loida Guzmán Santiago, Ana Lucía Santiago Collado, Alexandra Roque Tejada, Samuel Brito Guzmán, Randy Jhonnsos, Estefany Díaz Cerda, Rebeca Guzmán Santiago, Magdalena Guzmán Santiago y Ruth Esther Guzmán contra el PHD.
La decisión se produce en el marco de un proceso que ya había generado actuaciones ante el TSE relacionadas con la VII Convención del PHD. En marzo de 2026, el tribunal acogió un recurso de impugnación contra actos vinculados con la organización de esa convención y revocó la resolución que contenía sus resultados, de acuerdo con la sentencia TSE/0009/2026.
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