7 de noviembre de 2026

Diario La Verdad

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Intrant prohíbe, otra vez, uso de "medio casco": reitera que solo los homologados están permitidos

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) estableció de manera formal cuáles cascos podrán usarse en motocicletas en República Dominicana y cuáles quedan prohibidos.

La nueva Normativa Técnica sobre el Estándar Homologado de los Cascos de Protección Personal fija estándares obligatorios para conductores y pasajeros, alineados con certificaciones internacionales y con el objetivo de reducir muertes y lesiones graves en las vías.

La disposición se sustenta en la Ley 63-17 y el Decreto 256-20.

La ley 63-17 en su artículo 157 obliga al uso obligatorio del casco protector en motociclistas y ciclistas. Cita que los conductores de motocicletas y sus pasajeros deberán estar provistos de casco protector homologado, según las normas dictadas por el Intrant.

Fue presentada y validada ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), con apoyo técnico de la Fundación FIA y tras un proceso de consulta con importadores, asociaciones de motociclistas, usuarios y entidades vinculadas al transporte. El país se convierte así en un referente regional en regulación técnica para la seguridad vial.

Cascos permitidos: solo los homologados bajo estándares internacionales
El Intrant establece que únicamente podrán usarse cascos certificados por laboratorios acreditados conforme a la norma ISO/IEC 17025, y que cumplan con alguno de los siguientes estándares:

UN/ECE 22-06 (Unión Europea).
FMVSS No. 218 (DOT) – Estados Unidos.
SNELL M2020/M2025.
GB 811-2022 – China.
QCVN 2:2021/BKHCN – Vietnam.
IS 4151:2015 – India.
NTC 4533 – Colombia.
NBR 7471 – Brasil.
JIS T 8133:2015 – Japón.
BS 6658:1985 – Reino Unido.
Mientras siga vigente, también será aceptado el estándar UN/ECE 22-05.

Los cascos deben tener coraza exterior rígida, sistema de absorción de impactos y retención ajustable. Además, deben conservar sus etiquetas de certificación; retirarlas o modificarlas está prohibido.

Cascos prohibidos: adiós al medio casco
La normativa prohíbe de manera expresa el medio casco, por su cobertura insuficiente y el alto riesgo de lesiones graves que representa. Ningún casco sin certificación internacional será válido en el territorio nacional.

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