Cuando un partido político haya pactado alianza en alguno o algunos de los niveles de elección, pero acude sin alianza en los demás niveles, tendrá derecho de acreditar un delegado y su suplente en cada Junta electoral, Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (0CLEE) y Colegios Electorales para el nivel o los niveles de elección no comprendidos en la alianza. En los casos de los niveles donde se concurre aliado, la representación estará siendo asumida por el partido que personifica la alianza". Asimismo, todos los delegados/as acreditados ante cada colegio electoral, independientemente de los partidos, agrupaciones, movimientos políticos, alianzas o coaliciones que representen, podrán estar presentes en todas las operaciones relativas al escrutinio de cualesquiera de los niveles que se realice en los colegios electorales ante los cuales estén acreditados.
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